Aprendiendo con Proyecto Salón Hogar

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Tomado de www.proyectosalonhogar.com

Marcas en el Pavimento

Una línea amarilla contínua, pararela a un línea de centro entrecortada significan que desde el lado de la línea amarilla contínua no se puede cruzar para pasar, excepto para virar a la izquierda, o para entrar o salir de una residencia. Sólo se puede pasar desde el lado del carril con la línea amarilla entrecortada.

 
 
Una línea blanca entrecortada pintada sobre el pavimento significa separación de carriles en la misma dirección.

 
 
Dos líneas amarillas continuas paralelas significan que el conductor no podrá cruzarla por la izquierda para pasarle a otro vehículo. ZONA DOBLE DE NO PASAR el conductor debe mantenerse a la derecha de ellas.

 
 
La línea de centro amarilla entrecortada o amarilla continua significa que hay tránsito en ambas direcciones.
El color amarillo es el único usado en las líneas de centro para la división de carriles. Una línea amarilla, en cualquiera de sus diferentes formas, indica tránsito en ambas direcciones.

Tomado de www.proyectosalonhogar.com

Uso de los carriles
Uso carril izquierdo en las autopistas de Puerto Rico
Se permitirá el uso del carril izquierdo en las autopistas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico única y exclusivamente para rebasar los vehículos que transiten por él o los carriles derechos.

Será ilegal que cualquier persona conduzca o haga funcionar un vehículo de motor por el carril izquierdo de cualquier autopista del país excepto al rebasar otro automóvil.

Todo conductor en violación a esta disposición legal incurrirá en falta administrativa y será sancionado con multa de $500.00

Se permite pasar por el carril de la derecha...
...con las debidas precauciones, únicamente en una carretera de dos o más carriles en la misma dirección
Cuando el vehículo que precede al nuestro está haciendo un viraje a la izquierda, nunca debemos intentar pasarle por el paseo.
El carril reversible: Es aquel en el cual la dirección del tránsito es cambiada a diferentes horas del día.
El Carril de la Letra "E"- EMERGENCIA
El carril de la extra izquierda de la zona de rodaje o pavimento, ha sido designado y marcado con la letra "E" para que aquellos vehículos autorizados por ley tengan libre acceso al mismo en caso de emergencia y en esta forma puedan llegar más rápido a su destino.
  • Cuando escuche el sonido de alarma (sirena) de uno de estos vehículos de emergencia debe reducir la velocidad y moverse a la derecha, cuando sea seguro. En esta forma, aquellos conductores que van por el carril de la letra "E" podrán abandonarlo moviéndose también a su derecha.
  • Los conductores de vehículos de emergencia podrán ignorar las disposiciones de la ley y sus reglamentos siempre y cuando haya seguridad.
  • Mientras se realizan labores de emergencia será ilegal estacionarse a una distancia de cien (100) pies o menos del accidente.
  • Sólo pueden transitar con luz roja en la parte delantera:
    Vehículos de emergencia, bomberos, y otros vehículos autorizados por la ley.
  • Es ilegal manejar un vehículo a menos de 300 pies de cualquier vehículo de emergencia en operación oficial. Multa: $50.
Carril Exclusivo
El carril para uso exclusivo de los autobuses (Guaguas A.M.A.) está identificado por un rótulo y una marca en el pavimento en forma de diamante color blanco y negro, colocado sobre el carril de la extrema izquierda de la zona de rodaje. Multa: $100.00
En aquellos sectores identificados con este señalamiento, los autobuses siempre discurren en dirección opuesta al tránsito vehicular, por lo cual dicho carril nunca deberá ser utilizado por otros vehículos no autorizados ni aún cuando por alguna razón los autobuses estén fuera de servicio.
Tema: Luces del vehículo
  • Todo vehículo llevará al menos dos (2) faroles de luz delanteros capaces de alumbrar un trecho de quinientos (500) pies.
  • Todo conductor que transite por las vías públicas durante la noche, llevará sus luces encendidas en el período comprendido entre media hora después de la puesta del sol hasta media hora antes de la salida del mismo.
  • Todo conductor reducirá las luces delanteras a su intensidad mínima en vías públicas alumbradas, cuando pase a otro vehículo y al aproximarse otro vehículo en dirección contraria.
  • Durante la noche, los conductores de vehículos que transiten en direcciones opuestas deben reducir las luces en su intensidad mínima dentro de una distancia de quinientos (500) pies del vehículo que se aproxima.
  • Podrá encender las luces cuando la visibilidad no es adecuada o cuando sea necesario para la seguridad pública.

Tomado de www.proyectosalonhogar.com

En caso de poca visibilidad durante las horas diurnas provacado por alguna condición del tiempo, algunas precauciones que deben tomarse como:
...reducir la velocidad y encender las luces pequeñas.

Las luces de emergencia o intermientes deben usarse....
Únicamente cuando el vehículo sufre un desperfecto o en una parada de emergencia en el paseo a la orilla de la carretera. Las luces intermitentes nunca deben de usarse cuando el vehículo esté en marcha porque el que viene detrás se le dificulta saber cuando va a frenar, virar o a detenerse.

Reglas Importantes:
  • Será ilegal conducir una motocicleta, autociclo o motoneta agarrado o unido a otro vehículo en una zona de rodaje, entre carriles de tránsito, líneas adyacentes o hileras de vehículos y por el mismo carril que ocupe el vehículo a ser pasado.
     
  • Si una guagua escolar se detiene para tomar o dejar estudiantes, usted debe detenerse y continuar la marcha sólo cuando el conductor lo indique.
  • Todo conductor que acumule veinticinco ( 25) puntos o más por infracciones a la Ley de Tránsito en menos de tres (3) años, se le suspenderá el Certificado de Licencia de Conducir por un período no menor de un (1) mes ni mayor de doce (12) meses.
  • La distancia que se podrá pasar otro vehículo en una intersección, será a mayor de cien (100) pies.
  • Al guiar en forma imprudente o negligentemente temeraria, pagará multa de $500.00 a $1,000.00 dólares.
  • Si dos (2) vehículos se encuentran en una cuesta estrecha el derecho de paso corresponde al vehículo que sube.
  • Al conducir en carreteras de dos (2) carriles o más en la misma dirección, todo conductor debe permanecer en el centro del carril que le corresponde a una distancia y velocidad prudente.
  • Toda señal de viraje se hará a cien (100) pies antes de la intersección.
  • Al conducir un vehículo sobre la acera, el conductor será sancionado con una multa de $50.00.
  • Se prohibe el uso de los tintes en los cristales de vehículos si el por ciento de visibilidad es menor de 35%.
  • Todo conductor puede dar marcha hacia atrás cuando el tramo de carretera es corto y seguro, sin interrumpir el tránsito, excepto en autopistas.
  • Al lanzar basura o cualquier objeto hacia la vía pública se impone multa de cien ($100) dólares por la Policía Estatal, Municipal o el Cuerpo de Vigilantes
  • En un accidente de tránsito será ilegal estacionarse a cien (100) pies o menos mientras se hacen labores de emergencia.
El peatón:

‘Uno es demasiado’

  • Al cruzar en una intersección está obligado a utilizar el paso de peatones, utilizar túneles u otras estructuras elevadas y cruzar únicamente con luz verde a su favor o en indicaciones de "CRUCE".
  • Debe esperar que el vehículo se detenga y el conductor le ceda el paso.
  • Debe mirar hacia ambos lados antes de cruzar.
  • Todo peatón que camine por las vías públicas de forma negligente y temeraria será multado, el costo de la misma es de cincuenta ($50) dólares.
  • Todo peatón que ocasione u choque al utilizar negligentemente la vía pública, será sancionado con multa de quinientos ($500) dólares.
  • Si un conductor se percata que un peatón va a cruzar, debe cederle el paso, especialmente en carreteras donde no hay señales de tránsito.
  • Todo conductor que no ceda el paso a un peatón, aún cuando éste haga uso indebido de la vía pública, pagará una multa de cincuenta ($50) dólares.
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Señales que un peatón debe conocer

Cruce de Peatones:

  • Cruce: Los peatones podrán cruzar la intersección frente a esta señal.
  • No Cruce: Los peatones no podrán cruzar la intersección frente a esta señal.
  • No Paso de Peatones: Todo peatón que camine en forma negligente y temeraria será multado con cincuenta ($50.00) dólares.
Asiento protector
  • El conductor que lleve un niño menor de cuatro (4) años y no esté sentado y abrochado en el asiento protector en la parte posterior del vehículo, pagará multa de cien ($100) dólares.
  • Todo niño menor de cuatro (4) años debe viajar en asiento protector, excepto los que padecen de alguna incapacidad debidamente certificada por un médico.
Al Encontrarse con un Autobús Escolar
  • El conductor debe tener mucho cuidado y tomar todas las precauciones, ya que es posible que algún niño puede cruzar la calle en forma repentina.
  • Siempre que un conductor encuentre un autobús escolar detenido dejando niños donde la vía pública sea de dos carriles en direcciones opuestas, debe detenerse, cederle el paso a cualquier niño que cruce la vía pública, y no debe pasarle al autobús a menos que el chofer o conductor así lo indique.
El Derecho del Paso y la Cortesía
  • En una intersección de una vía pública principal y una secundaria, el derecho de paso le corresponde:
    ...Al vehíclo que procede de la vía primaria
  • Cuando dos vehículos procedentes de direcciones opuestas por la misma vía se acercan o entran a una intersección al mismo tiempo:
    ...el derecho de paso le corresponde al vehículo de la derecha. Ello no aplica en intersecciones controladas por semáforos, señales, o por la policía.
  • Al acercarse a una intersección se encuentra otro conductor viniendo en dirección opuesta y haciendo un viraje a la izquierda.
    ...ceda el paso
  • Cuando dos vehículos procedentes de direcciones opuestas por la misma vía se acercan o entran a una intersección al mismo tiempo:
    ...el derecho de paso le corresponde al vehículo que va a seguir directo.
No está permitido y NUNCA debe intentar pasarle a otro vehículo...
  • en cuestas, donde se le hace difícil ver el tránsito
  • intersecciones, para evitar accidentes
  • y curvas, donde se le imposibilita ver el tránsito.
Emergencias Imprevistas
  • Siempre se debe conducir con las dos manos en el volante, nunca con una sola mano.
  • En caso de fallas en el sistema de freno al tiempo que se conduce:
    Al descender una cuesta o plano inclinado por la autopista, ...además de aplicar los frenos o el de emergencia: Procure utilizar la rampa de emergencia más próxima.
  • En caso de patinazo o barrida,
    ...no aplique los frenos repentinamente, quite el pie del acelerador, vire el guía en dirección del patinazo, y luego frene moderadamente.

Tomado de www.proyectosalonhogar.com

En caso de un accidente
  • En caso de un accidente deberá proveer a la persona perjudicada ...
    ...su nombre y dirección y deberá mostrarle su licencia de conducir.
  • Informe el accidente a la Policía y pida un número de querella. Visite a su asegurador o a uno de los Centros de Ajuste del Seguro Obligatorio con la persona con quién chocó. Lleve su identificación con fotos de los autos, estimados de daños y las licencias de los vehículos.
  • De verse involucrado en un accidente donde los daños sobrepasen los $100, el conductor debe:
    ...notificar a la Policía dentro de un término de cuatro horas.
  • En caso de heridos en el cual el conductor fuere uno de ellos ...
    ...si es posible moverlos sin provocarles más daño, y/o si la condición de los accidentes lo requiere, es su deber llevarlos al hospital más cercano.
  • La distancia mínima que deben mantener los conductores de la escena de algún accidente, a menos que el conductor esté involucrado o donde se esté atendiendo una emergencia,
    ...es de no menos de 100 pies.
Conducir en Carreteras de Carriles Múltiples o Autopistas...
  • Será obligación de todo conductor conducir a una velocidad menor que la normal que la que discurre el tránsito en ese lugar y en ese momento cuando se conduce en cualquier vía pública de más de un carril en una sola dirección.
    ...transitar siempre por el carril de la extrema derecha, excepto al alcanzar y pasar otro vehículo que se disponga virar a la izquierda en una intersección o entrar a un camino privado. Multa: $25.
  • Es deber del conductor alcanzado, excepto cuando se permita pasar por la derecha:
    ...todo conductor de un vehículo que fuese a ser rebasado, dejará la vía franca al dársele aviso con la bocina, moviéndose hacia la derecha, y no aumentará la velocidad hasta tanto el otro haya pasado completamente. Multa: $25.
  • Toda persona que haga uso de las autopistas de peaje, deberá realizar los pagos correspondientes en cada estación. Multa de $25. En los casos de las estaciones con sistema electrónico, la multa es de $100.
  • En los predios de la autopista, incluyendo el área de rodaje, rampa de entrada y salida, y paseos:
    ...todo tránsito será unidireccional, hacia adelante, paralelo y a la derecha de la isleta central. Multa: $25.
Sistema Automático de Control de Tránsito

Por medios electrónicos se podrá determinar si el vehículo identificado cometió una infracción. La notificación por correo contendrá el nombre y dirección del dueño del vehículo, el número de registro; y la fecha, el lugar y la hora en que ocurrió la violación, el número de la unidad que tomó las fotos de la infracción y el número de caso asignado por DTOP o ACT.

Carril Especial de Transporte Colectivo

Con el propósito de promover el desarrollo de vías públicas que alivien la congestión de tráfico que estimulen y aliente en los ciudadanos el uso colectivo de los vehiculos, contribuyendo así a la conservación de recursos y protección del ambiente, se establecerán carriles especiales para el uso exclusivo o preferente de vehículos con más de uno, dos o tres ocupantes o mediante el pago de peaje según disponga por reglamento y por el Secretario de DTOP.

Tintes y Filtros Solares

Se prohibe el uso de tintes o filtros solares para lograr un porcentaje de trasmisión de luz de menos de 35%, al igual que el uso de cristales de visión unidireccional en parabrisas y ventanillas de cristal. El infractor tendrá un término de 7 días calendarios para demostrar que ha removido los tintes, y así entonces se archivará la querella. Multa: $100.

Ruidos Innecesarios
  • Todo vehículo de motor que transite por las vías públicas deberá estar equipado con el sistema silenciador o amortiguador de sonido, el cual deberá estar en buenas condiciones de funcionamiento.
  • Será ilegal usar cualquier dispositivo o aditamento con el propósito de producir ruido y el aceleramiento innecesario del motor o emitir ruido con el mismo en zona urbana. Multa: $100.
Uso de “Four Track”

No podrán transitar en vías públicas scooters, mini-bikes, ni ningún vehículo sin tablilla como motocicletas de “todo - terreno” o “Four Track”. Multa: $250 a $500.

Teléfonos Celulares

Se recomienda usar discado automático y el uso de un sistema que no involucra el uso de manos para poder recibir llamadas y hablar sin necesidad de sujetar el aparato mientras conduce.

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Según la ley #43 (Bomberos de P.R.)

Al cargar combustible en la estación:
...se prohibe fumar, deben apagar el motor del vehículo, se prohibe el uso de celulares, y está prohibido el despacho de gasolina en envases no aprobados. Multa: $500.

Escala de Evaluación del Conductor

Cuando un infractor ha acumulado puntos en la Escala de Evaluación del Conductor, la misma puede conllevar...
...desde un aviso escrito hasta la suspensión y/o la revocación de la licencia de conducir.

Ventas y Colectas en los Semáforos

Se prohibe ventas, colectas y propaganda en los semáforos y vías públicas. Los vendedores de periódico quedan excluidos de la nueva restricción.

Multas por Velocidad y Otras Infracciones
  • Por Velocidad:
    $50 más $5 por cada milla en exceso.
    Si la velocidad es de 100 MPH o más multa de $500.
  • Tablilla no legible:
    Multa de $25
  • Conducir con tablilla especial vencida:
    Multa de $25.
  • Manejar sin licencia de Conducir:
    Multa de $25
  • Fijar tablilla a vehículo no autorizado:
    Multa de $50.
  • Alterar tablilla:
    Multa de $50.
  • Manejar sin estar autorizado a conducir:
    Multa de $100.
  • Marbete no más de 30 días de vencido:
    Multa de $25.
  • Conducir con lincencia vencida:
    Multa de $50.

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